1) Los días festivos laborados por los trabajadores de la empresa Luis Villagra Reveco…
Dictamen · Dirección del Trabajo · 1999
Resumen
1) Los días festivos laborados por los trabajadores de la empresa Luis Villagra Reveco y Cía. Ltda. exceptuada del descanso dominical y cuya jornada ordinaria se distribuye en 5 días de trabajo seguidos de dos de descanso, les dan derecho a impetrar los correspondientes días de descanso compensatorio, no resultando procedente que éstos últimos se imputen a los días de descanso que corresponden a dichos dependientes en conformidad al sistema de distribución de la jornada de trabajo y descansos a que se encuentran afectos. 2) La misma empresa se encuentra obligada a remunerar como extraordinarias las horas laboradas por sus dependientes en los días de descanso compensatorio correspondientes a los festivos recaídos en los días 4 y 5 de abril pasado en que éstos debieron prestar servicios, encontrándose por ende ajustadas a derecho las instrucciones que ordenan dicho pago.
Normas citadas
Código del Trabajo
Artículo 38 del Código del Trabajo
Artículo 32 del Código del Trabajo
Código Civil
Artículo 22 del Código del Trabajo
Artículo 28 del Código del Trabajo
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