Resumen del criterio jurisprudencial
La reclamación presentada por Ricardo Muñoz Barahona contra el Servicio de Impuestos Internos no fue acogida. El tribunal dio cumplimiento al apercibimiento establecido en el artículo 125 inciso final del Código Tributario, debido a que el reclamante no cumplió con la orden impartida en la resolución de fojas 24 dentro del plazo conferido. Se tuvo por no presentada la reclamación de fojas 1. La resolución fue dictada el 15 de mayo de 2014 por el Juez Titular del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana, Miguel Massone Pardo, y autorizada por el secretario Cristhián Navarrete Cottet. El tribunal ordenó notificar a la parte reclamante mediante carta certificada y dejar constancia en autos. También se ordenó dejar los testimonios que resulten procedentes.