Resumen del criterio jurisprudencial
La reclamación presentada por Luis Acevedo Osorio contra el Servicio de Impuestos Internos (SII) fue declarada inadmisible por el Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana. El tribunal determinó que el reclamante no dio cumplimiento a lo ordenado dentro del término conferido, específicamente a lo dispuesto en el artículo 125 inciso final del Código Tributario. En consecuencia, se aplicó el apercibimiento decretado y se tuvo por no presentada la reclamación. La resolución se notificó mediante carta certificada y se publicó en el sitio web del tribunal, conforme al artículo 131 bis del Código Tributario. La decisión fue emitida por el juez titular Miguel Massone Pardo y autorizada por el secretario Cristhián Navarrete Cottet.