Seguridad social

Se AMONESTA a la Isapre Nueva Masvida S.A.

Resumen del criterio jurisprudencial

Se AMONESTA a la Isapre Nueva Masvida S.A. por el incumplimiento de las instrucciones impartidas por el Oficio Ordinario IF/N° 5600, de 1 de junio de 2020, en orden a actualizar los datos personales y completar cualquier omisión que se advierta en el Registro de Agentes de Ventas, en relación con los 5 casos observados, que registraban la omisión del certificado de nacimiento. Además, se le impone una MULTA de 100 UF (cien unidades de fomento) por no haber cargado en el Registro de Agente de Ventas la documentación exigida para acreditar que 5 de sus agentes de ventas se encontraban en posesión de licencia de educación media o estudios equivalentes, incumpliendo las instrucciones impartidas por el Oficio Circular IF/N° 21, de 2018, en las oportunidades y plazo otorgado por el Oficio Ord. IF/N° 7281, de 2020.

Sanciones a isapres

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.