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La Contraloría General de la República ratificó un oficio regional que determinó que el…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

Resumen

La Contraloría General de la República ratificó un oficio regional que determinó que el ejercicio de labores docentes a honorarios en la Universidad de Talca vulnera la prohibición del inciso octavo del artículo 4° de la ley N° 20.734. Dicha norma impide que quienes obtuvieron la bonificación adicional por renuncia voluntaria sean nombrados o contratados, incluso a honorarios, en instituciones que integran la Administración del Estado durante los cinco años siguientes al término de su relación laboral. El dictamen concluye que la Universidad de Talca, pese a ser un establecimiento de educación superior autónomo y con personalidad jurídica propia, es una corporación de derecho público que forma parte de la Administración del Estado según la ley N° 18.575, por lo que la contratación a honorarios en ella infringe la prohibición legal. Se ordenó transcribir el pronunciamiento a la Dirección de Presupuestos, a la Contraloría Regional del Maule y a la División de Personal de la Contraloría General.

Normas citadas

  • ley 20734 art/4 inc/8
  • ley 20734 art/4 inc/1
  • ley 19882 Tit/II
  • dfl 36/81 Educa art/1
  • dfl 152/81 Educa art/1
  • ley 18575 art/1
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede una persona que recibió la bonificación por retiro voluntario ser contratada a honorarios en una universidad estatal dentro de los cinco años siguientes?

No, según este dictamen. La Contraloría sostuvo que la prohibición del inciso octavo del artículo 4° de la ley N° 20.734 impide contratar a honorarios a quienes recibieron la bonificación por renuncia voluntaria en instituciones de la Administración del Estado durante cinco años desde el término de su relación laboral.

¿Es la Universidad de Talca parte de la Administración del Estado para efectos de la prohibición de contratación tras una renuncia voluntaria?

Sí, en este caso la Contraloría concluyó que, pese a ser una institución de educación superior autónoma con personalidad jurídica propia, la Universidad de Talca es una corporación de derecho público que forma parte de la Administración del Estado según la ley N° 18.575.

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