Seguridad social

Subsidio por incapacidad laboral.Las cotizaciones deben efectuarse sobre la base de la…

Resumen del criterio jurisprudencial

Subsidio por incapacidad laboral.Las cotizaciones deben efectuarse sobre la base de la última remuneración o renta imponible correspondiente al mes anterior en que se haya iniciado la licencia o en su defecto la estipulada en el respectivo contrato de trabajo. Por ello, si una persona no tiene ingresos el mes inmediatamente anterior al inicio de la licencia médica, y no teniendo a la vista el contrato, ellas se deben pagar con el ingreso mínimo vigente

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.