Resumen
La Contraloría General de la República rechazó el reclamo de un contribuyente contra la Municipalidad de Providencia, que había denegado la homologación de una patente de alcoholes de salón de baile. El recurrente solicitaba que su patente de cabaret, obtenida bajo la vigencia de la ley N° 17.105, fuera homologada a la categoría de salón de baile de la actual ley N° 19.925. La Contraloría señaló que, según su jurisprudencia, la homologación procede cuando la patente original contemplaba ambos giros (cabaret y salón de baile), permitiendo al titular seguir desarrollando ambas actividades. Sin embargo, en este caso, los antecedentes demostraron que la patente del recurrente solo amparaba el giro de cabaret, por lo que la municipalidad actuó conforme a derecho al rechazar la solicitud.