Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
AdministrativoAcoge

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado por un particular contra l…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado por un particular contra la Municipalidad de Puchuncaví, que había negado el acceso a la respuesta emitida por la Dirección de Obras Municipales respecto de un punto de la Resolución Exenta Nº1691 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de Valparaíso. El Consejo ordenó entregar la información solicitada, por tratarse de información pública sin causales de secreto o reserva invocadas. Si la información no obra en poder del órgano, deberá comunicarse esa circunstancia al reclamante y al Consejo, fundando las razones. Se advierte la aplicación de sanciones por incumplimiento, con multas para el jefe superior del servicio, y se exige acreditar la entrega efectiva de lo ordenado. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente en un plazo de 15 días corridos.

Normas citadas

  • Resolución Exenta N° 1691
  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 18.575
  • Resolución exenta. 3
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Un municipio puede negar el acceso a una respuesta de una de sus direcciones de obras si no hay causal de secreto o reserva?

No. En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo y ordenó a la Municipalidad de Puchuncaví entregar la información solicitada, por tratarse de información pública sin causales de secreto o reserva invocadas.

¿Qué debe hacer un órgano público si no tiene en su poder la información que le pidieron por transparencia?

Debe comunicar esa circunstancia tanto al reclamante como al Consejo para la Transparencia, fundando las razones por las que no obra en su poder. Así lo dispuso el Consejo en este caso.

¿Qué plazo hay para impugnar una decisión del Consejo para la Transparencia que ordena entregar información?

Procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente dentro de 15 días corridos, según lo señalado en esta resolución del Consejo. El resumen también advierte que se aplicarán sanciones con multas al jefe superior del servicio por incumplimiento.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2022 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • El Consejo para la Transparencia acogió el amparo presentado contra la Municipalidad de…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

  • El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo deducido contra la Municipalidad de…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2026

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

  • El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra la Mun…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

  • El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información interpues…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.