Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo contra de la SEREMI de Salud Región de Valparaíso, ordenándose la entrega de los expedientes anonimizados de todos los sumarios sanitarios iniciados por concepto de infracciones de las medidas adoptadas ante la pandemia Covid-19 enviados a Tesorería General de la República para su cobranza desde enero del año 2022 a la fecha de la solicitud. Se deberá tarjar previamente aquellos datos personales de contexto incorporados en la información que se ordena entregar, por ejemplo, número de cédula de identidad, domicilio particular, fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil, teléfono y correos electrónicos particulares, en conformidad con lo dispuesto en los artículos 2º, letra f), y 4° de la ley N° 19.628, como asimismo, los datos sobre la identidad del denunciante y de las personas sujetos de las investigaciones. Lo anterior, por cuanto por cuanto se trata de información pública respecto de la cual no se acreditó fehacientemente la configuración de la causal de reserva de distracción indebida invocada por el organismo.