Resumen del criterio jurisprudencial
El recurrente interpuso una acción de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones por la negativa a admitir a trámite su solicitud de residencia definitiva. La Corte de Apelaciones había rechazado la acción al considerar que no existía acto ilegal o arbitrario. La Corte Suprema, al revisar la causa, confirmó la decisión de la Corte de Apelaciones. Señaló que la normativa migratoria exige un tiempo mínimo de residencia temporal, que el recurrente no cumplió. Además, la Corte recordó que la normativa permite prórrogas del plazo según la gravedad de infracciones migratorias, pero tampoco se alcanzó el requisito. Por tanto, se confirmó que no hubo ilegalidad y la acción de protección fue rechazada.