Resumen
La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por P.A.E.S. en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que, a su vez, rechazó la reclamación contra la Resolución Exenta DGA N° 86 de 2020. El actor solicitaba la constitución de un derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas en la comuna de Casablanca, el cual fue denegado por la Dirección General de Aguas debido a la falta de disponibilidad del recurso. En su recurso, el reclamante alegó infracción al artículo 31 de la Ley N° 19.880 por no haber sido requerido para subsanar deficiencias y al artículo 22 del Código de Aguas. La Corte consideró que la DGA actuó dentro de sus facultades y que el procedimiento no adoleció de vicios, pues la falta de disponibilidad hídrica estaba acreditada por resoluciones previas (DGA N° 418 y N° 211). Se determinó que no correspondía ordenar diligencias adicionales, como pruebas isotópicas, y que la negativa se fundó en la restricción vigente. Por lo tanto, la sentencia recurrida no infringió las normas denunciadas y el recurso fue rechazado por carecer de fundamentos.