Resumen del criterio jurisprudencial
Se acogen los amparos deducidos en contra de la Municipalidad de Quilicura, ordenándose la entrega del listado de beneficiarios de los subsidios que se indican, montos de transferencia, rendiciones y otros antecedentes. Lo anterior, por cuanto se desestimó la alegación del órgano referida a que la información pedida fue proporcionada de conformidad al artículo 15 de la Ley de Transparencia. Asimismo, por cuanto este Consejo ha establecido que se encuentran amparadas por la Ley de Transparencia aquellas solicitudes que se refieran a información que puede desprenderse de los registros, antecedentes y fuentes de datos que el organismo reclamado mantenga en su poder. Adicionalmente, se encuentren asiladas por la Ley de Transparencia aquellas peticiones que implican elaborar documentos o respuestas, en tanto la información que allí se vuelque obre en poder de la Administración y no suponga un costo excesivo o un gasto no previsto en el presupuesto institucional.