Administrativo

La Contraloría General de la República rechazó la solicitud de reconsideración de un ex…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Resumen

La Contraloría General de la República rechazó la solicitud de reconsideración de un exfuncionario de la Policía de Investigaciones de Chile, quien pretendía que se invalidara su cese ocurrido en 1986. El recurrente sostenía que su desvinculación se había basado en un informe médico, pero el dictamen confirmó que el retiro fue dispuesto por el Director General de la institución, conforme a la normativa vigente. Además, se señaló que, aunque en su momento la autoridad pudo haber dejado sin efecto el acto si existía algún vicio, con la entrada en vigencia de la ley N° 19.880 en 2003, la facultad de invalidación está sujeta a un plazo de caducidad de dos años desde la notificación o publicación del acto. Dicho plazo ya había transcurrido ampliamente, por lo que no procedía revisar el cese. En consecuencia, se confirmaron los dictámenes anteriores que rechazaban la pretensión del exservidor.

Normas citadas

  • dfl 338/60 art/231 lt/b
  • dfl 1/68 Defen art/240
  • Cpc art/40
  • dl 2460/79 art/10 num/1
  • dfl 1/80 Defen art/93 lt/c
  • ley 19880 art/53 inc/1
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede la Administración invalidar un acto administrativo antiguo si pasaron muchos años desde su dictación?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que la facultad de invalidación de la Ley N° 19.880 está sujeta a un plazo de caducidad de dos años desde la notificación o publicación del acto. Como ese plazo ya había transcurrido ampliamente respecto del cese de 1986, no procedía revisarlo.

¿Procede revisar el cese de un funcionario de la Policía de Investigaciones que alega que se basó en un informe médico?

En este caso, la Contraloría confirmó que el retiro fue dispuesto por el Director General de la institución, conforme a la normativa vigente, y rechazó la reconsideración. Además, como la invalidación estaba caducada, no se revisó el cese aunque se alegara que la desvinculación se fundó en un informe médico.

¿Qué efecto tiene la entrada en vigencia de la Ley N° 19.880 sobre actos administrativos dictados antes de 2003?

En este caso, la Contraloría señaló que, aunque en su momento la autoridad pudo dejar sin efecto el acto si tenía algún vicio, desde la entrada en vigencia de la Ley N° 19.880 en 2003 la invalidación queda sujeta a un plazo de caducidad de dos años. Por eso no se pudo revisar un cese ocurrido en 1986.

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