Resumen del criterio jurisprudencial
Durante períodos de licencia médica de funcionarios públicos regidos por el Código del Trabajo, se aplica normativa sobre subsidio por incapacidad laboral del D.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Asimismo, la entidad empleadora debe pagarle las remuneraciones no imponibles de conformidad al artículo 18 del D.L. N°3.529, de 1980.