Resumen
La Contraloría General de la República determinó que procede el pago del 40% de viáticos a un funcionario de Carabineros de Chile que, en una comisión de servicio, no incurrió en gastos de alojamiento, solo en alimentación. El dictamen se basa en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 262, de 1977, del Ministerio de Hacienda, que define el viático como un subsidio para compensar costos de alojamiento y alimentación. Según el artículo 5° del mismo texto, si no hay gastos de hospedaje, corresponde solo el 40% del beneficio. El funcionario mantuvo su domicilio en Pitrufquén y no pernoctó fuera, por lo que solo tiene derecho a ese porcentaje. La institución policial debe pagar el monto pendiente dentro de 10 días.