Resumen del criterio jurisprudencial
Servicio de Bienestar. Corresponde reembolsar una prestación odontológica denegada. Se establece que el Servicio no puede delegar su responsabilidad en seguros externos; ante restricciones de terceros, debe cubrir la prestación de forma supletoria, prevaleciendo su propia normativa y plazos sobre los de entidades externas.