Resumen del criterio jurisprudencial
Dictamen de la Superintendencia de Seguridad Social que interpreta el D.S. N°28 y el D.S. N°154 de 1996 sobre los Servicios de Bienestar. Resuelve que un representante de los afiliados puede ser electo una vez y reelegido por dos períodos más, debiendo esperar al menos un período antes de repostular. Además, aclara que los representantes designados por la Asociación de Funcionarios no se rigen por el reglamento de elecciones y pueden ejercer hasta tres períodos consecutivos como elegidos, sin co