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El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente dos amparos interpuestos contra la…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2019

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente dos amparos interpuestos contra la Dirección Nacional del Servicio Civil, en que se solicitaba copia de los currículum vitae de la persona ganadora y de los demás postulantes no seleccionados nominados para el cargo de Director Nacional del Servicio Nacional de la Discapacidad, en el marco de un concurso de Alta Dirección Pública. El Consejo tuvo por entregada, aunque extemporáneamente, la información, previa reserva de la identidad de los postulantes no seleccionados y de los datos personales de contexto contenidos en los documentos. Sin embargo, rechazó los amparos en cuanto se pedía revelar el nombre o identidad de los nominados no seleccionados, por tratarse de información reservada conforme al artículo quincuagésimo quinto de la Ley N° 19.882, configurándose las causales de secreto del artículo 21 N° 1 y N° 5 de la Ley de Transparencia. La resolución es reclamable ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoGrupos de interés especial

Preguntas frecuentes

¿Se puede pedir vía Ley de Transparencia el currículum de los postulantes no seleccionados en un concurso de Alta Dirección Pública?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió parcialmente los amparos: ordenó entregar los currículum, pero con reserva de la identidad de los postulantes no seleccionados y de los datos personales de contexto contenidos en los documentos.

¿Es pública la identidad de los postulantes no seleccionados en un concurso de Alta Dirección Pública?

No, en este caso el Consejo rechazó revelar el nombre o identidad de los nominados no seleccionados, por tratarse de información reservada conforme a la Ley N° 19.882 y a las causales de secreto del artículo 21 N° 1 y N° 5 de la Ley de Transparencia.

¿Cuál es el plazo para reclamar una resolución del Consejo para la Transparencia que acoge parcialmente un amparo?

En este caso, el resumen indica que la resolución es reclamable ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos.

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