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El contribuyente Comercial Isidora S.A. solicitó la modificación catastral de los pavim…

Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2022

Resumen

El contribuyente Comercial Isidora S.A. solicitó la modificación catastral de los pavimentos de dos propiedades ubicadas en Pudahuel, argumentando que se trataba de estacionamientos y que la clasificación debía ser tipo 2, no tipo 1. El Servicio de Impuestos Internos (SII) rechazó la solicitud mediante las Resoluciones Exentas N°396 y 397 de 2020, señalando que no se acompañaron antecedentes nuevos. El contribuyente reclamó alegando nulidad por falta de fundamentación de los actos administrativos y error en la clasificación del pavimento. El Tribunal Tributario y Aduanero acogió parcialmente la reclamación, dejando sin efecto las resoluciones del SII y ordenando recalcular el avalúo fiscal. No se condenó en costas al SII por haber tenido motivo plausible para litigar. La decisión se basó en que las resoluciones carecían de fundamentación suficiente respecto a la naturaleza del pavimento y que los antecedentes presentados acreditaban que el pavimento era de tipo 2.

Normas citadas

  • Art. 8 bis Código Tributario
  • Art. 11 Ley N°19.880
  • Art. 41 Ley N°19.880
  • Resolución SII N°28 de 2018
  • Art. 144 Código de Procedimiento Civil
  • Art. 170 Código de Procedimiento Civil
  • Art. 177 Código de Procedimiento Civil
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