Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero de la región del bio bio, acogió la reclamación interpuesta teniendo presente entre otras consideraciones que, acorde con los fundamentos de la pretensión del reclamante, huelga mayor comentario en torno a la persona beneficiario del desembolso cuestionado, señalaremos que es una ¿trabajadora¿, situación no controvertida, y que corresponde a un hecho indubitado por la existencia del contrato de trabajo, de la convención de trabajo que se refiere a los depósitos convenidos, y de la declaración y pago de las cotizaciones previsionales. y por cierto, resulta menester recordar el razonamiento del considerando vigésimo sexto, en términos de que no existe un "interés" en la sociedad empleadora, que haga cambiar la naturaleza de la relación laboral.