Resumen del criterio jurisprudencial
Se interpone recurso de protección por Ignacio Smith Montaño Callejas contra Isapre Cruz Blanca S.A. por otorgar cobertura limitada a prestaciones de salud mental en comparación con las de salud física, lo que considera arbitrario e ilegal. La Isapre alega que el plan fue contratado antes de la entrada en vigencia de la Ley N°21.331 y que las nuevas coberturas solo aplican a contratos posteriores. La Corte acoge el recurso disponiendo que la Isapre debe equiparar las coberturas de salud mental a las de salud física. Se vota en contra por la abogada integrante Herrera, quien estima que no existe acto ilegal o arbitrario y que la modificación contractual escapa al ámbito de la acción de protección.