Resumen del criterio jurisprudencial
Instalación de máquinas expendedoras en un inmuebles público no necesariamente reviste la naturaleza de un contrato de prestación de servicios regido por la ley N° 19.886.
Instalación de máquinas expendedoras en un inmuebles público no necesariamente reviste la naturaleza de un contrato de prestación de servicios regido por la ley N° 19.886.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.