Resumen del criterio jurisprudencial
El recurrente solicitó protección constitucional para poder realizar labores de limpieza en un canal del cual tiene derechos de aprovechamiento de aguas, alegando que los recurridos impedían dicha actividad. Los recurridos negaron la existencia de una servidumbre sobre su predio y afirmaron que no habían obstaculizado el ejercicio del derecho del recurrente. El tribunal constató que las labores de limpieza ya fueron efectuadas, de modo que el recurso perdió oportunidad respecto a esa pretensión. Asimismo, al no acreditarse un derecho indudable del recurrente sobre la servidumbre, el tribunal consideró que no había materia susceptible de protección. Finalmente, se revocó la sentencia apelada y se declaró rechazado el recurso, sin admitir costas. El abogado integrante Arnaldo Gorziglia Balbi presentó voto disidente, sosteniendo que el acto de los recurridos vulneró el derecho de propiedad del recurrente garantizado por la Constitución.