Resumen del criterio jurisprudencial
Subsidios por Incapacidad Laboral. Base de cálculo. Si durante un mes, la trabajadora percibió remuneración y/o subsidio y además prestación de la AFC (por efectos de la llamada Ley de Protección al Empleo), deben buscarse las tres últimas remuneraciones y/o subsidios o ambos de correspondientes a un mes “completo” más próximo y anterior a la suspensión por acto de autoridad o del pacto de suspensión, sin considerar los pagos percibidos desde la AFC.