Resumen del criterio jurisprudencial
Los trabajadores de la empresa Sociedad Contractual Minera El Abra, afectos a un sistema excepcional de distribución de jornada de trabajo y descansos consistente en siete días continuos de trabajo seguidos de siete consecutivos de descanso, que hacen uso de feriado, deben reincorporarse a sus funciones al día siguiente de expirado dicho beneficio en el evento de que sus respectivos turnos o equipos de trabajo se encuentren laborando a dicha fecha y, en caso contrario, una vez concluído el ciclo de descanso que contempla dicho sistema.