Seguridad social

Seguridad social: Ley N° 16.744, Accidentes graves y fatales

Resumen del criterio jurisprudencial

Ley Nº 16.744. Accidentes graves y fatales. En atención al resguardo de los datos personales que deben realizar los organismos administradores y administradores delegados y en específico sus áreas médicas y de prevención, ambas deben proporcionarse información, para efectos de dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, respetando la confidencialidad del diagnóstico y los datos sensibles del trabajador.

Ley N° 16.744Accidentes graves y fatales

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.