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El Tribunal Calificador de Elecciones acogió la reclamación interpuesta por Alexis Gust…

Resumen del criterio jurisprudencial

El Tribunal Calificador de Elecciones acogió la reclamación interpuesta por Alexis Gustavo Ávila Olivero, administrador electoral del candidato Juan Eduardo Riquelme Venegas, contra la Resolución N°G4567 del Director del Servicio Electoral de 29 de abril de 2025. Dicha resolución había aprobado la cuenta general de ingresos y gastos electorales del candidato con dos observaciones, autorizando la devolución de gastos por $3.595.478. La reclamación impugnaba específicamente la Observación N°1, que indicaba que el reembolso solicitado excedía en $3.382.036 al máximo reembolsable por votos obtenidos y requería acreditar la fuente de financiamiento del saldo insoluto. El reclamante señaló que el saldo se pagaría mediante crédito bancario y sueldo del candidato, acompañando liquidaciones de remuneraciones de noviembre y diciembre de 2024 y enero y febrero de 2025. El Tribunal consideró que los dichos y documentos acompañados cumplían con los criterios de suficiencia para subsanar la observación. Por ello, acogió la reclamación y tuvo por subsanada la Observación N°1.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.