Resumen del criterio jurisprudencial
Se acogen los amparos interpuestos en contra de Gendarmería de Chile, ordenándose la entrega de acta consejo técnico de beneficio intra penitenciario de salida dominical correspondiente a la postulación de mes de octubre del 2024, (celebración de consejo técnico que se debido realizar a fines del mes noviembre) relacionado con los internos que se individualizan. Lo anterior, por cuanto, se trata de información pública, en los términos previstos en el artículo 8° de la Constitución Política de la República, toda vez que se vincula a actos administrativos y sus fundamentos dictados por Gendarmería de Chile en el cumplimiento de la función de dirigir todos los establecimientos penales del país, que le otorga el artículo 3, letra a), del decreto ley N° 2.859; considerando, además, que corresponden a antecedentes que permiten efectuar control social respecto del adecuado otorgamiento de beneficios a las personas consultadas. Se desestimó la configuración de la causal de reserva o secreto de distracción indebida de los funcionarios del órgano, al no haber justificado ni acreditado de manera debida, los presupuestos que la ley y la jurisprudencia de este Consejo, han determinado para su configuración. Adicionalmente, se descartó la concurrencia de la institución del abuso del derecho de acceso a la información, pues no se acreditó de forma fehaciente cómo el conocimiento de las presentaciones obligaría al órgano recurrido a destinar un tiempo excesivo y desproporcionado de la jornada de sus funcionarios a la atención de los requerimientos de una sola persona, comprometiendo, de esa forma, su debido funcionamiento, con el evidente perjuicio de su normal quehacer institucional. Aplica criterio asentado en los Amparos Roles C4177-18, C4178-18 y C5879-22. En adecuación de las circunstancias de hecho expuestas por la reclamada, se concederá un plazo adicional para dar respuesta al presente procedimiento.