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El Consejo para la Transparencia acogió el amparo presentado contra la Municipalidad de…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió el amparo presentado contra la Municipalidad de Cauquenes, ordenando la entrega de un decreto, resolución y correos electrónicos por los cuales el solicitante habría sido notificado desde marzo de 2008. Se determinó que la subsanación sugerida por el municipio no se ajustó a derecho, pues la solicitud cumplía los requisitos de la Ley de Transparencia al ser inteligible y específica. Se descartó la causal de distracción indebida por falta de justificación, y se consideró que la información se vincula al propio requirente, configurándose el ejercicio del habeas data, sin afectar la inviolabilidad de las comunicaciones al ser el solicitante parte de ellas. El órgano deberá entregar la información previa acreditación de identidad, tarjando datos personales de contexto, bajo apercibimiento de las sanciones legales por incumplimiento.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.628
  • Resolución Exenta N° 491, de 2022
  • Oficio Ord. N° 416
  • Oficio N° 8744
  • Oficio Ord. N° 745
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Puede un municipio pedir que se subsane una solicitud de acceso a la información por no estar bien justificada?

En este caso, el Consejo para la Transparencia concluyó que la subsanación sugerida por el municipio no se ajustó a derecho, porque la solicitud era inteligible y específica y cumplía los requisitos de la Ley de Transparencia. Además, descartó la causal de distracción indebida por falta de justificación.

¿Puede una persona acceder a sus propios correos electrónicos y notificaciones que están en poder de un órgano público?

Sí, según lo resuelto en este caso: el Consejo sostuvo que la información se vincula al propio requirente, configurándose el ejercicio del habeas data, y que su entrega no afecta la inviolabilidad de las comunicaciones porque el solicitante era parte de ellas.

¿Qué debe hacer un órgano público después de que el Consejo para la Transparencia acoge un amparo de acceso a la información?

En este caso, el Consejo ordenó entregar la información previa acreditación de identidad del solicitante, tarjando los datos personales de contexto, bajo apercibimiento de las sanciones legales por incumplimiento.

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