El Consejo para la Transparencia conoció un amparo deducido por un particular contra la…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022
Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un amparo deducido por un particular contra la Subsecretaría del Interior, relacionado con antecedentes vinculados a información que la Ministra del Interior y Seguridad Pública habría conocido, los que formarían parte de un sumario administrativo aún no afinado. El Consejo resolvió rechazar el amparo, por no existir antecedentes que permitieran concluir lo contrario a lo sostenido por el órgano requerido, en cuanto a que no contaba con la información solicitada. Procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos, y no procede el recurso de reposición.
Normas citadas
Ley N° 20.285
Resolución exenta 1770
Ley N° 19.880
Ley N° 18.575
Ley N° 18.834
Ley N° 21.325
D.F.L. 29
Oficio N° 13.968
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Contra la decisión del Consejo para la Transparencia que rechaza un amparo de acceso a la información procede reclamo de ilegalidad y en qué plazo?
En este caso, el Consejo indicó que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos. Además, señaló que no procede el recurso de reposición.
¿Puede el Consejo para la Transparencia acoger un amparo sobre antecedentes que forman parte de un sumario administrativo aún no afinado?
En este caso, el Consejo resolvió rechazar el amparo relacionado con antecedentes vinculados a un sumario administrativo aún no afinado, al no existir elementos que desvirtuaran la falta de posesión de la información por parte del órgano requerido.
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