Resumen
La Contraloría General de la República rechazó la solicitud de un pensionado de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile que pretendía reliquidar su pensión de retiro. El interesado había trabajado como administrativo en el Hospital de Carabineros entre 2012 y 2017, bajo las normas del Código del Trabajo. El organismo concluyó que, conforme a la jurisprudencia, durante ese período debió cotizar en el sistema de pensiones del decreto ley N° 3.500, de 1980, y no en el régimen de Carabineros, por lo que no cumple los requisitos para la reliquidación solicitada. Además, se ordenó a la Dirección de Previsión de Carabineros remitir las cotizaciones a la cuenta de capitalización individual del trabajador. Asimismo, se instruyó al Hospital de Carabineros verificar si procede pagar una indemnización por años de servicio, dado que el cese fue por necesidades del servicio.