Seguridad social

Seguridad social: Ley 16.744, Actividad deportiva, Actividad recreativa

Resumen del criterio jurisprudencial

Ley N° 16.744. Actividad deportiva, Actividad Recreativa. No hay conexión entre la lesión sufrida por la trabajadora independiente y el evento deportivo de la Municipalidad, para la que se presta servicios, toda vez que la actividad recreativa carece de relación con la prestación de servicios contratada.por lo que no se considera un accidente con ocasión del trabajo

Ley 16.744Actividad deportivaActividad recreativaTrabajadores independientes

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.