Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre un dictamen de Carabineros de Chile, ratificando que la facultad para imponer sanciones disciplinarias puede ejercerse mientras no esté prescrita. Se determinó que no se acreditó la prescripción de la acción disciplinaria, ya que el certificado del Segundo Juzgado Militar de Santiago no demostró que hubiera operado, al tratarse de un proceso distinto. Además, se instruyó a Carabineros a determinar la fecha de las infracciones y el inicio de la causa para evaluar si la acción estaba prescrita al 24 de julio de 2009. Respecto a la demora en el sumario, se ordenó agilizar las actuaciones. Finalmente, se rechazó la reincorporación del funcionario, pues al haber transcurrido tres años desde su retiro temporal (5 de septiembre de 2009), este pasó a ser absoluto según el artículo 115, letra e), del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, impidiendo su reingreso.