Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal de Alzada revisó la sentencia de primera instancia en la que se había impuesto a Hipermercados Tottus S.A. una multa y una indemnización por daño moral. Se confirmó la infracción del proveedor respecto a su obligación de seguridad, pero se consideró excesivo el monto de la multa, reduciéndola a 20 UTM. Asimismo, se reconoció la existencia de daño moral y se fijó una indemnización de tres millones de pesos, rebajando la cifra inicialmente concedida. El tribunal ordenó que los reajustes e intereses se calculen a partir de la fecha de la sentencia de primer grado, aplicando el índice de precios al consumidor. Se eximió a la parte demandada del pago de costas, al no haber sido completamente vencida en el rubro indemnizatorio. Finalmente, se revocó la imposición de costas de la sentencia civil y se confirmó la sentencia definitiva de diciembre de 2023 con las modificaciones señaladas.