Se resuelve:
i. no ha lugar al reclamo. en consecuencia, se confirma el siguiente acto…
Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2018
Resumen
Se resuelve:
i. no ha lugar al reclamo. en consecuencia, se confirma el siguiente acto administrativo:
resolución n° ex. 213000000017, de fecha 21 de abril de 2016, de la dirección regional santiago centro del servicio de impuestos internos.
ii. se condena en costas a la reclamante.
Normas citadas
Código Tributario
Ley 19.880
Código de Procedimiento Civil
Artículo 8 bis del Código Tributario
Artículo 21 del Código Tributario
Ley N° 20.322
Ley N° 21.039
Ley de Impuesto a la Renta
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