Resumen
La Contraloría General de la República se abstuvo de tomar razón de la resolución N° 35, de 2016, de la Dirección de Obras Portuarias, que dejaba sin efecto un concurso interno de promoción para dos cargos técnicos y lo convocaba nuevamente con modificaciones en los puntajes asignados al factor experiencia calificada. El órgano contralor consideró que el acto no se ajustaba a derecho, pues los concursos son actos reglados que generan derechos para los postulantes, y la autoridad no puede extinguirlos arbitrariamente. Las modificaciones introducidas alteraron sustancialmente las condiciones del certamen, estableciendo diferencias arbitrarias entre los participantes al exigir más años de desempeño para obtener puntajes similares, lo que vulneró los principios de objetividad, no discriminación e igualdad de los oponentes, conforme al artículo 3° del Reglamento de concursos del Estatuto Administrativo.