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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la presentación de un funcion…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2010

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la presentación de un funcionario municipal cuya designación a contrata llegó a su término. El dictamen recuerda que la vigencia de los empleos a contrata se fija por la jefatura superior del servicio, sin exceder el 31 de diciembre de cada año, y que el funcionario expira por el solo ministerio de la ley si no se dispuso su renovación. Como el municipio no renovó la contratación, el organismo no advirtió irregularidad. Se desestimó la solicitud de indemnización, porque la Ley N° 18.883 no contempla ese beneficio en caso de no prórroga. Tampoco procede el pago de una asignación por título profesional, pues esa ley no la contempla, y la asimilación a un grado profesional es una cuestión de mérito de la Administración activa. Por último, se descartó que las elecciones presidenciales impidieran el término de la designación, ya que ese cese no está comprendido en las causales vedadas por el artículo 156 de la Ley N° 10.336.

Normas citadas

  • ley 18883 art/5 lt/f
  • ley 18883 art/97
  • ley 10336 art/156
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Procede indemnización para un funcionario municipal a contrata cuando el municipio no renueva su contratación al término del año?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que no procede, porque la Ley N° 18.883 no contempla indemnización cuando no se dispone la prórroga de un empleo a contrata. Según el dictamen, el funcionario expira por el solo ministerio de la ley si no se dispuso su renovación.

¿Un funcionario municipal a contrata tiene derecho a asignación por título profesional aunque sea asimilado a un grado profesional?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que no procede el pago de esa asignación, porque la Ley N° 18.883 no la contempla. Además, la asimilación a un grado profesional es una cuestión de mérito de la Administración activa.

¿Las elecciones presidenciales pueden impedir el término de la designación de un funcionario municipal a contrata?

En este caso, la Contraloría General de la República descartó que las elecciones presidenciales impidieran el término de la designación. Ese cese no está comprendido en las causales vedadas por el artículo 156 de la Ley N° 10.336.

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