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El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra la Sub…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra la Subsecretaría de Educación, ordenando la entrega en formato Excel del número de inscripciones para rendir exámenes libres en las modalidades indicadas, desglosado por año, género y región, entre 2013 y la fecha de la solicitud. Se consideró que esta información es pública según la Constitución y la Ley de Transparencia, y que el organismo se allanó a entregarla pero no en el formato solicitado, incumpliendo el artículo 17 de dicha ley. En cambio, se rechazó el amparo respecto del desglose por períodos de inscripción dentro de cada año, por configurarse la causal de reserva del artículo 21 N°1, letra c) de la Ley de Transparencia, al implicar una distracción indebida de los funcionarios.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Resolución Exenta N° 491
  • Oficio Ord. N° 07
  • Artículo 10 de la Ley N° 20.285
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Un organismo público puede negarse a entregar datos estadísticos en el formato Excel que se solicita si ofrece la misma información en otro formato?

En este caso, el Consejo para la Transparencia sostuvo que la Subsecretaría de Educación se allanó a entregar la información pero no en el formato solicitado, lo que incumple el artículo 17 de la Ley de Transparencia. Por eso ordenó la entrega en formato Excel.

¿Es pública la cantidad de inscripciones para rendir exámenes libres desglosada por año, género y región?

En este caso, el Consejo para la Transparencia consideró que esta información es pública según la Constitución y la Ley de Transparencia, y acogió el amparo para ordenar su entrega desglosada por año, género y región.

¿Procede rechazar una solicitud de información estadística por reserva si el desglose exige una distracción indebida de los funcionarios?

En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó el amparo respecto del desglose por períodos de inscripción dentro de cada año, por configurarse la causal de reserva del artículo 21 N°1, letra c) de la Ley de Transparencia, al implicar una distracción indebida de los funcionarios.

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