Resumen del criterio jurisprudencial
El caso trata de una acción de amparo interpuesta por Bily Yoel Tacuri Naranjo contra el Servicio Nacional de Migraciones, por rechazar su solicitud de residencia definitiva y ordenar su abandono. La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones que había rechazado el amparo. El fundamento del rechazo fue no haber acompañado todos los antecedentes requeridos. La Corte consideró que la autoridad debió otorgar un plazo razonable para subsanar las falencias, conforme a los principios de procedimiento racional y justo establecidos en la Ley N° 21.325. Al no hacerlo, la decisión fue arbitraria y afectó la libertad personal del recurrente. En consecuencia, se acogió el amparo, dejando sin efecto el acto administrativo y ordenando otorgar un nuevo plazo de 60 días para presentar documentos.