El Pleno del Tribunal Constitucional de España estimó el recurso de amparo formulado po…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2025
Resumen
El Pleno del Tribunal Constitucional de España estimó el recurso de amparo formulado por un alumno de la Escuela de Policía Nacional que fue sancionado administrativamente por identificarse como policía en prácticas durante una fiesta celebrada el 2 de mayo de 2020, en pleno estado de alarma por pandemia. La sanción consistió en la pérdida de quince puntos de calificación, lo que resultó en su exclusión del proceso selectivo. El TC consideró que la sanción vulneró el derecho fundamental a la legalidad sancionadora en su dimensión de reserva de ley y garantía de tipicidad, al estar fundamentada en un precepto reglamentario carente de cobertura legal. La sentencia, ponencia del magistrado R.S.V., declaró la inconstitucionalidad y nulidad del artículo 73.1 del Reglamento Provisional de la Escuela Nacional de Policía de 1981. Dos magistrados anunciaron votos particulares discrepantes.
Normas citadas
Art. 25.1 CE (Constitución Española)
Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo (estado de alarma)
Arts. 41.2 y 43.1 LOTC (Ley Orgánica del Tribunal Constitucional)
Disposición transitoria única del Real Decreto 49/2024, de 16 de enero
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