Seguridad social

Licencias Médicas, Restitución de sumas percibidas en exceso.

Resumen del criterio jurisprudencial

Licencias Médicas, Restitución de sumas percibidas en exceso. Para resolver acerca de las solicitudes sobre otorgamiento de facilidades o condonación, las instituciones aludidas en el artículo 1° deberán contar con un informe socio-económico del imponente activo o pensionado y de su grupo familiar, en el que deberán considerarse, entre otros que se estime pertinentes, a) monto de la remuneración o pensión del imponente activo o pasivo y demás ingresos que éstos puedan percibir;b) conformación del grupo familiar del imponente, esto es, determinación del número de cargas que viven a sus expensas, sean o no causantes de asignación familiar; c) ingresos que perciban los miembros del grupo familiar, y d) si la percepción indebida de las sumas correspondientes a prestaciones de seguridad social se ha debido, en todo o parte, a mala fe, culpa o dolo del imponente.

Licencias MédicasCompetenciaCondonaciónProcedimiento de reclamación

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.