Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo deducido en contra del Consejo de Defensa del Estado (CDE), relacionado con solicitudes de información de una municipalidad sobre la intervención del CDE en un problema de agua potable. El Consejo consideró que la información solicitada se encuentra amparada por las causales de secreto o reserva del artículo 21, N°1, letra a) y N°5, de la Ley de Transparencia, en relación con la Ley Orgánica del CDE. Se argumentó que divulgar los antecedentes afectaría el debido cumplimiento de las funciones del CDE, al exponer criterios internos, instrucciones y estrategias judiciales futuras, vulnerando el secreto profesional. La decisión fue unánime y no se configuró la excepción del artículo 21, N°4.