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La Municipalidad de Collipulli, a través de la Contraloría Regional de La Araucanía, co…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2010

Resumen

La Municipalidad de Collipulli, a través de la Contraloría Regional de La Araucanía, consultó si un establecimiento con patente de salón de baile o discoteca, regulado en la letra O) del artículo 3° de la Ley sobre E.C.B.A. (Ley 19.925), puede realizar presentaciones de grupos musicales juveniles, o si requiere además la patente de cabaré de la letra D). La Contraloría General de la República concluyó que la letra O) permite la música "en vivo", lo que reconoce que ésta puede provenir de cantantes o grupos que actúen en el lugar. Por ello, en los salones de baile o discotecas pueden realizarse presentaciones musicales en vivo, siempre que el baile subsista como actividad principal del establecimiento. La conclusión se fundó en la jurisprudencia del organismo contenida en el dictamen N° 17.033, de 2005, que clasifica los establecimientos según su actividad principal.

Normas citadas

  • ley 19925 art/primero art/3 let/O
  • ley 19925 art/primero art/3 let/D
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede un salón de baile o discoteca con patente de la letra O) presentar grupos musicales en vivo sin necesitar la patente de cabaré?

Según este dictamen de la Contraloría General de la República, sí. La letra O) del artículo 3° de la Ley 19.925 permite la música en vivo, por lo que en salones de baile o discotecas pueden realizarse presentaciones musicales en vivo, siempre que el baile siga siendo la actividad principal del establecimiento.

¿Qué criterio usa la Contraloría para distinguir una discoteca con música en vivo de un cabaré?

En este caso, la Contraloría se basó en su dictamen N° 17.033 de 2005, que clasifica los establecimientos según su actividad principal. Mientras el baile sea la actividad principal, la presentación de música en vivo no exige la patente de cabaré de la letra D).

¿La presencia de presentaciones de grupos juveniles en una discoteca obliga a tramitar la patente de cabaré?

En este caso, la Contraloría concluyó que no necesariamente. Las presentaciones de grupos musicales en vivo son compatibles con la patente de salón de baile o discoteca, siempre que el baile subsista como actividad principal del establecimiento.

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