AdministrativoRechaza

La recurrente, Unidad Coronaria Móvil S.A., impugnó la licitación pública para el servi…

Resumen del criterio jurisprudencial

La recurrente, Unidad Coronaria Móvil S.A., impugnó la licitación pública para el servicio de traslado de pacientes del Hospital de Talagante, argumentando que la comisión evaluadora le asignó 0 puntos en el criterio 'programa de integridad' pese a haber presentado documentos como un modelo de prevención de delitos, protocolos anticorrupción, código de ética, y acreditación de información a trabajadores. La demandante sostuvo que otra empresa obtuvo puntaje con documentación similar o inferior. El tribunal analizó las bases administrativas y la evaluación realizada, concluyendo que la decisión de la comisión fue razonable y que la demandante no acreditó adecuadamente el cumplimiento del requisito, especialmente en cuanto a la difusión del programa entre los trabajadores. Se rechazó la acción de impugnación, condenando a cada parte a pagar sus costas.

OrdinarioLicitación Pública

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.