Resumen del criterio jurisprudencial
Dictamen de la Superintendencia de Seguridad Social sobre la cobertura del seguro laboral (Ley 16.744) para trabajadores que prestan servicios en el extranjero. Concluye que dichos trabajadores están amparados por la ley si su contrato fue celebrado en Chile y no existe tratado internacional que limite la cobertura, debiendo los organismos administradores realizar actividades de prevención, incluida la evaluación de riesgos psicosociales, adaptándose a las dificultades del extranjero.