Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo interpuesto en interpuesto en contra de la Corporación de Asistencia Judicial Regiones de Tarapacá y Antofagasta, ordenándose la entrega de “Informe elaborado por Dirección General sobre denuncia formulada en Ord. y que fue expuesta en reunión de Consejo directivo, sesión N° 125”. Lo anterior, por cuanto los antecedentes objeto del amparo en análisis se configuran como presupuestos, antecedentes y fundamentos esenciales tenidos a la vista y ponderados por la Autoridad para la adoptación de una decisión administrativa, en específico, el Acuerdo del Consejo Directivo que rechazó la reclamación de remuneraciones incoado por la persona requirente, referente a denuncia de incumplimiento al principio de igualdad de remuneraciones y discriminación entre servidores que desempeñan funciones análogas. Asimismo, se desestimó la configuración de la causal de reserva de afectación a las funciones del órgano, en particular, a las defensas jurídicas y judiciales, ya que la invocación de un hipotético litigio futuro entre el requirente y el Servicio no resulta suficiente para su configuración. En efecto, no se ha justificado de qué manera la entrega de los antecedentes podría generar una expectativa razonable de daño o afectación, presente o probable a su posición jurídica y judicial en un litigio concreto y determinado. Atendido que la información contiene datos personales de la persona reclamante, el órgano deberá proporcionarla previa acreditación de su identidad. Se solicita que aquella se realice por un medio alternativo a la entrega personal. Finalmente, considerando la naturaleza del proceso consultado, y la calidad que detenta la parte recurrente en aquél, se dispuso la reserva de su identidad, tanto en la presente decisión como en los registros de este Consejo.