Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre el derecho de un recurrente, que se desempeñó como contratado en el cargo de jefe del departamento de administración de educación municipal durante un período de vacancia por renuncia del titular, a percibir la asignación de administración de educación municipal. El dictamen analizó la normativa aplicable, concluyendo que la exclusión del beneficio solo rige para quienes fueron designados bajo sistemas anteriores a los nuevos procesos concursales. En cambio, quienes ejercen el cargo como contratados transitorios mientras se provee la plaza con un titular, y fueron nombrados después del 1 de mayo de 2011, tienen derecho al estipendio. Además, se señaló que si un profesional realiza efectivamente labores directivas, debe percibir las asignaciones correspondientes, evitando un enriquecimiento sin causa del municipio. En consecuencia, se reconsideró el criterio previo de la Contraloría Regional y se dejó sin efecto la resolución que denegaba el pago, reconociendo el derecho del recurrente.