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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de un jefe de un…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de un jefe de unidad técnico-pedagógica de una municipalidad que reclamaba el pago de asignaciones propias de los docentes de aula. El órgano concluyó que el funcionario no tiene derecho a esas asignaciones, por lo que la municipalidad debe regularizar la situación y, de ser procedente, disponer el reintegro de las sumas percibidas indebidamente, informando al órgano contralor en 20 días hábiles. Se dejó a salvo la facultad del afectado para solicitar la liberación total o parcial de la restitución. En cuanto a la asignación de experiencia del Estatuto Docente, el reclamo fue desestimado por no acompañarse antecedentes que acreditaran los bienios reclamados. Respecto del bono SAE de la ley N° 19.933, se concluyó que no procede, pues el cálculo practicado no arrojó excedentes en los años 2007 y 2008, condición necesaria para su pago. Finalmente, se aclaró que el dictamen sobre encomendación de funciones que invocaba el recurrente no era aplicable al caso.

Normas citadas

  • ley 19715 art/14
  • ley 19715 art/15
  • ley 19933 art/17
  • ley 19715 art/16
  • ley 19715 art/17
  • ley 19070 art/38
  • ctr art/510 inc/1
  • ley 19070 art/71
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Un jefe de unidad técnico-pedagógica municipal tiene derecho a las asignaciones que perciben los docentes de aula?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que el jefe de unidad técnico-pedagógica no tiene derecho a esas asignaciones. Por ello, la municipalidad debe regularizar la situación y, si procede, disponer el reintegro de las sumas percibidas indebidamente.

¿Puede el funcionario pedir que se le libere total o parcialmente de devolver lo percibido indebidamente?

En este caso, la Contraloría dejó a salvo la facultad del afectado para solicitar la liberación total o parcial de la restitución. Además, la municipalidad debe informar al órgano contralor en 20 días hábiles.

¿Procede el bono SAE de la ley 19.933 si el cálculo no arroja excedentes en los años 2007 y 2008?

En este caso, la Contraloría concluyó que no procede el bono SAE, porque el cálculo practicado no arrojó excedentes en 2007 y 2008, condición necesaria para su pago.

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