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La Contraloría General de la República representó la resolución N° 9, de 2016, del Inst…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Resumen

La Contraloría General de la República representó la resolución N° 9, de 2016, del Instituto Psiquiátrico Doctor José Horwitz Barak, mediante la cual se sancionó con destitución a un funcionario titular. El órgano contralor determinó que la jefatura superior de dicho establecimiento carecía de facultades para aplicar esa medida disciplinaria, pues la potestad de destituir a empleados de planta del Servicio de Salud Metropolitano Norte, calidad que poseía el afectado, corresponde al director de ese servicio de salud, conforme al artículo 23, letra g), del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, en relación con el artículo 140 de la ley N° 18.834. En consecuencia, se abstuvo de dar curso al acto administrativo y lo representó.

Normas citadas

  • dfl 1/2005 SALUD art/23 lt/g
  • ley 18834 art/140
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Quién tiene la potestad para destituir a un funcionario de planta de un establecimiento de salud dependiente de un Servicio de Salud en Chile?

En este caso, la Contraloría General sostuvo que la potestad de destituir a un funcionario de planta de un Servicio de Salud corresponde al director de ese servicio, conforme al artículo 23, letra g), del DFL N° 1 de 2005 del Ministerio de Salud, en relación con el artículo 140 de la ley N° 18.834. Por ello, la jefatura de un establecimiento sin esa facultad no podía aplicar la medida.

¿Qué ocurre si una autoridad sin competencia dicta un acto de destitución contra un funcionario público?

En este caso, la Contraloría determinó que la jefatura del establecimiento carecía de facultades para destituir al funcionario, por lo que se abstuvo de dar curso a la resolución sancionatoria y la representó. El órgano contralor no tomó razón del acto por falta de competencia de quien lo dictó.

¿Puede la jefatura de un establecimiento de salud aplicar sanciones disciplinarias de destitución a sus funcionarios?

En este caso, la Contraloría concluyó que no, porque la facultad de destituir a empleados de planta del Servicio de Salud Metropolitano Norte recae en el director del servicio. La resolución de destitución dictada por la jefatura del establecimiento fue por ello representada.

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