Resumen
La Contraloría General de la República se abstuvo de dar curso a la resolución N° 479, de 2016, del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, que aplicaba la medida disciplinaria de censura a un funcionario del Hospital San Juan de Dios. Lo anterior, por cuanto dicho establecimiento es un hospital autogestionado en red, y la facultad para imponer sanciones no expulsivas corresponde exclusivamente a su director, según los artículos 31, 35 y 36 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, y el artículo 140 de la ley N° 18.834. En consecuencia, se representó la resolución y se ordenó remitir los antecedentes a la autoridad competente para que se pronuncie sobre la responsabilidad administrativa del funcionario.